SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
II.6.
II.6. Por memorial presentado por la accionante, el 20 de diciembre de 2012, dentro del fenecido proceso de divorcio, seguido con su ex esposo, solicitó correcta partición del bien inmueble, en ejecución de sentencia, indicando los siguientes aspectos: 1) Recibió el cincuenta por ciento del inmueble ubicado en la ciudad de Villa Montes que su esposo vendió el año 2008, pero que el precio de venta era inferior al avalúo catastral. Asimismo, indicó, que al poco tiempo de esa venta, el inmueble fue nuevamente vendido por un valor que equivalía a siete veces más que el anterior precio; 2) Su ex esposo ocultó el verdadero precio y las circunstancias de la venta referida, porque todas las transacciones se realizaron en el entorno de su familia consanguínea más íntima, como ser el hijo de su hermano y el Notario que es su primo hermano; y, 3) Solicitó, que se disponga que su ex esposo reintegre el saldo del cincuenta por ciento del precio realmente recibido por la venta, y que entregue los demás bienes que quedaron en su poder (fs. 51 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- 1.2.3. Intervención del Ministerio Público
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y plazo para su interposición
- III.2.Sobre el debido proceso
- III.3. El derecho a la defensa
- Fragmento 22
- III.4. Sobre el derecho a la petición
- Fragmento 24
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte