SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0237/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0237/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 29 de marzo de 2012, la Sociedad Químicas Aliadas SRL. que representa, suscribió el contrato administrativo 027/2012 de provisión de cemento asfáltico con la Empresa Municipal de Asfalto y Vías (EMAVIAS), cuyo plazo se amplió a 79 días, mediante contrato modificatorio de 28 de mayo del mismo año, pese a lo cual, incurrió en un retraso de 27 días adicionales que dieron lugar a que EMAVIAS, ejecute la boleta de garantía BG-021299-0200 de cumplimiento de contrato por Bs302 064,00.- (trescientos dos mil con sesenta y cuatro 00/100 bolivianos) emitida por el Banco Bisa Sociedad Anónima (SA), omitiendo aplicar la cláusula rescisoria 18.2.4 del citado contrato, prevista para dicha ejecución, ante lo cual, opuso el recurso de revocatoria que la confirmó, así como el recurso jerárquico que fue desestimado por haber sido interpuesto extemporáneamente.