SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0237/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0237/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

II.2.

II.2.  Mediante contrato de 28 de mayo de 2012, modificatorio de la minuta del contrato administrativo 027/2012, la entidad y el proveedor, acuerdan la modificación del plazo del contrato en setenta y nueve días calendario, computables a partir del primer día hábil después de la suscripción del contrato, cuya claúsula cuarta establece que: “El PROVEEDOR garantiza el correcto y fiel cumplimiento del presente contrato modificatorio mediante Boleta de Garantía No. BG-0214299-0200 de fecha 25 de mayo de 2012 expedida por el Banco Bisa S.A., a la orden de la Empresa Municipal de Asfaltos y Vías, con vigencia hasta el 31 de agosto de 2012” (fs. 12 a 14).