SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

II.2.

II.2.  Mediante Auto 35/2014 de 13 de febrero, el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Chuquisaca, rechazó la excepción de incompetencia planteada por el acusado, por ser manifiestamente extemporánea; sin embargo, en aplicación del art 168 del CPP y de la verificación de antecedentes, advirtió que mediante memorial de 13 de noviembre de 2013, se cuestionó la competencia del Juez titular por parte del acusado y que dicho cuestionamiento no fue debidamente resuelto por el Juez Instructor a cargo de la causa; motivo por el cual, dispuso la anulación de obrados hasta el decreto de 15 de igual mes y año a efectos de que el Juez a quo tramite y resuelva como corresponde el incidente planteado (fs. 17 a 18 vta.).