En revisión la Resolución 38/2014 de 5 de mayo, cursante de fs. 523 a 531 vta., pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 38/2014 de 5 de mayo, cursante de fs. 523 a 531 vta., pronunciada dentro de la

Fecha: 02-Mar-2015

En cambio, en cuanto a la vulneración al “derecho a ejercer la función de Presidente” y al derecho al debido proceso

En cambio, en cuanto a la vulneración al “derecho a ejercer la función de Presidente” y al derecho al debido proceso, corresponde recordar que, si bien este derecho no está reconocido de manera expresa e independiente en nuestra Constitución Política del Estado, de una interpretación progresiva, al ser la Presidencia un cargo extensivo o accesorio al ejercicio de las funciones de Magistrado, del Tribunal Agroambiental en este caso, viene a ser un derecho tutelable ligado al debido proceso en cuanto a la forma de designación y cesación o remoción.