SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2015-S2
Fecha: 20-Mar-2015
ii) Respecto a la valoración de la prueba y la interpretación de la legalidad ordinaria
De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, la valoración de la prueba y la interpretación de la legalidad ordinaria, son facultades privativas de la jurisdicción ordinaria; sin embargo, en caso de evidenciarse el quebrantamiento de los principios constitucionales de legalidad, seguridad jurídica, proporcionalidad, igualdad, jerarquía normativa, razonabilidad y objetividad; es posible, para la jurisdicción ordinaria verificar la afectación de derechos y garantías.
En el caso observado y haciendo eco a los argumentos vertidos en el apartado anterior, debemos recalcar que la Resolución cuestionada en acción de libertad, no ha vulnerado el debido proceso en cuanto a la debida fundamentación y motivación, habiendo los Vocales demandados aplicado la norma legal inherente a la materia, a partir de interpretación objetiva de la misma que, enmarcándose en los principios de legalidad, proporcionalidad y jerarquía normativa, han dotado de esencia material a la seguridad jurídica, mediante un pronunciamiento que, si bien no es del agrado de quien ahora activa esta jurisdicción, constituyó respuesta idónea, eficaz, oportuna y pronta a las pretensiones de quien activó el recurso de apelación.
Por lo que, los elementos probatorios cursantes en el legajo procesal, han merecido por parte de los demandados un análisis suficiente y razonado que, ha permitido la Resolución del recurso de apelación, observándose del fallo impugnado que, en base a una apreciación objetiva, ha otorgado al acervo probatorio una calificación razonable que no riñe con el principio de igualdad y por ende no afecta la seguridad jurídica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.1. Derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2.2. De la valoración de la prueba y la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2.3. El derecho a la defensa y la libertad probatoria
- III.2.4. Derecho a la igualdad
- III.3. Derecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- i) En cuanto a la vulneración del debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación de las resoluciones
- ii) Respecto a la valoración de la prueba y la interpretación de la legalidad ordinaria
- iii) En cuanto al derecho a la defensa y la libertad probatoria
- iv) Sobre la supuesta vulneración del derecho a la petición
- CONFIRMAR