SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2015-S2

Fecha: 20-Mar-2015

iv) Sobre la supuesta vulneración del derecho a la petición

En cuanto este elemento, asegura el impetrante de tutela que el Fiscal de Materia demandado, no proporcionó respuesta a su solicitud de certificación; sin embargo, de obrados se evidencia que el mismo, emitió providencia de 22 de abril de 2014, en respuesta al memorial de 14 del mismo mes y año, presentado por el justiciable, denegando lo pretendido con el argumento de que, por disposición de los arts. 12 y 40 de la Ley 260, los fiscales ni la policía judicial tienen la facultad de certificar si alguna persona obstaculizó o no el proceso, direccionando al imputado a recurrir ante la autoridad jurisdiccional.