SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

II.13.

II.13.  El 23 de septiembre de 2014, el Director General Territorial Militar del Ministerio de Defensa, envió nota DGTM-STRIA. DIR 139/14 al Tribunal Supremo Electoral en respuesta al oficio TSE-SC- 02043/2014, anexando el informe DGTM-ULT STRIA. 041/2014, donde se señala que las modalidades de libreta de servicio militar son: servicio militar obligatorio, servicio premilitar, libreta serie “E” (egresados de los institutos militares y policiales), libreta oficial de reserva (egresados de la escuela militar de ingeniería y liceo militar) y SERVIMIL (ex cadetes de institutos militares y policiales); que existen diferentes requisitos para solicitar fotocopia legalizada y certificado especial por extravió de libreta militar; que el único documento que puede suplir a la libreta de servicio militar cuando se extravía es el certificado especial otorgado por el Ministerio de Defensa; y, que los ciudadanos que ingresan a institutos militares a su egreso se los beneficia con la libreta de servicio militar serie “E” (fs. 193 a 196).