SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

II.4.

II.4.    Por Acuerdo de Sala Plena Extraordinaria 18/2014 de 11 de abril, los Vocales del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emiten pronunciamiento, sobre la referida Convocatoria Pública, declarando en comisión a los Vocales, Juan Carlos Berrios Albizu, Iván Campero Villalba, Félix Peralta Peralta, para que representen ante el Consejo de la Magistratura y la observen en su caso, señalan que la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, de transición solo abarca a las autoridades que administran justicia, que la Ley del Órgano Judicial, entrará en vigencia total cuando lo hagan los nuevos códigos, el Consejo de la Magistratura no tiene competencia para emitir convocatoria para las Vocalías de todo el país, debido a que no se cumplieron los presupuestos de las Disposiciones Transitorias de la referida Ley (fs. 137 a 138).