SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

II.5.

II.5. El 19 de diciembre de 2013, la empresa accionante, recurrió en jerárquico ante la AGIT, impugnando las cinco resoluciones de alzada.  El 25 de febrero de 2014, la AGIT, ahora también demandada, mediante Resoluciones de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 299/2014, AGIT-RJ 300/2014, AGIT-RJ 301/2014, AGIT-RJ 302/2014 y AGIT-RJ 303/2014, dispuso anular las Resoluciones de Recurso de Alzada, con reposición de obrados hasta el vicio más antiguo, esto es hasta los Autos de Admisión de los Recursos de Alzada de 29 de agosto de 2013 y dispuso que la ARIT debía rechazar los recursos interpuestos, por encontrarse fuera de plazo, en aplicación de los arts. 143 y 198. IV del Código Tributario Boliviano (CTB) los Autos de Admisión de los Recursos de Alzada de 29 de agosto de 2013 y rechazar los recursos (fs. 18 a 24, 83 a 89, 182 a 187, 263 a 269 y 345 a 351).