SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

Fragmento 27

Bajo los antecedentes señalados, y, habiendo el SIN reencaminado sus actuaciones respecto de los procesos de determinación, prosiguió con la determinación derivada de la Orden de Fiscalización Externa 0012OFE003 de 12 de marzo de 2014, emitida por la autoridad demandada, proceso del cual sí se determinó responsabilidad de la empresa accionante por la omisión de tributo, mediante Resolución de Determinación 17-0000-182-14 de 26 de junio de 2014, (Conclusión II.7), ante ello, y según consta en el informe escrito y documentación adjuntada por la autoridad demandada cursantes a fs. 132 vta. y 213, planteó recurso de alzada; considerando que la resolución impugnada, constituye un acto definitivo de carácter particular; toda vez que, el mismo pone fin a una actuación administrativa por ende puede ser reclamado, conforme ya se refirió en el razonamiento expresado en el presente fallo, respecto de que el citado recurso de alzada, es solo admisible contra los actos definitivos señalados por el art. 143 del CTB; en consecuencia, cabe precisar que de los datos y documentos compulsados, se evidenció la existencia de un memorial de recurso de alzada conforme se describió en la Conclusión II.10, del presente fallo, hechos que no fueron puestos a conocimiento de este Tribunal a momento de solicitar la tutela, conforme a los datos señalados corresponde denegar la tutela impetrada.