SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2015-S1
Fecha: 22-Jun-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución "81/2014" de 28 de abril de 2015, cursante de fs. 825 a 830 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Eduardo Rivera Zurita, Rector de la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca (UMRPSFXCH) contra Pastor Mamani Villca y Antonio Campero Segovia, Magistrados de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia; Humberto Ortega Martínez y Rodrigo Miranda Flores, Vocales de la Sala Social Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, Willy Valda Cuéllar, Juez Segundo de Partido del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de Chuquisaca.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.2. Del debido proceso
- III.3. Del derecho a la igualdad
- omiten valorar los medios probatorios,
- Las autoridades no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; b) No omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente;
- III.5.
- continuos"
- CONFIRMAR parcialmente