SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2015-S1
Fecha: 22-Jun-2015
i)
Misael Willy Valda Cuéllar, Juez de Partido Segundo de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, presentó memorial de informe cursante de fs. 777 a 779, solicitando que se deniegue la tutela solicitada, bajo los fundamentos de que: i) El Fallo de primera instancia contó con los elementos esenciales del art 202 del CPT, pues contuvo la relación de los hechos comprobados y alegados; asimismo, se hizo referencia a las pruebas que obraron en los hechos, para luego concluir con las razones y fundamentos legales claramente detallados, asimismo, se citaron las normas legales y las razones doctrinales aplicables al caso; ii) La parte accionante omitió señalar que por falta de respuesta a la demanda dentro del juicio laboral seguido en su contra fue declarada rebelde, lo que implica, al tenor del art. 124 del CPT, que la falta de contestación constituye en un grave indicio en contra del demandado; iii) Se ha descrito cada una de las pruebas y en conclusiones se realizó el análisis de las mismas en base de normativa sustantiva y se otorgó el valor legal correspondiente, conforme al razonamiento y la sana crítica; iv) También, se refirió que la confesión provocada no generó ningún efecto legal, ya que la actora no reconoció haber firmado contratos de consultoría en línea, sino administrativos, pero desconociendo si fueron suscritos bajo la normativa financial, admitiéndose tan solo la elaboración y presentación de propuesta de programas de postgrado debidamente aprobado; v) Si bien la sentencia cuestionada por la UMRPSFXCH no lo identifica expresamente, contiene no solo los principios de la primacía de la realidad, también el de in dubio pro operatio y el de no discriminación, así como los de legalidad y taxatividad; y, vi) No se incurrió en la lesión de ningún derecho alegado en la presente acción.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.2. Del debido proceso
- III.3. Del derecho a la igualdad
- omiten valorar los medios probatorios,
- Las autoridades no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; b) No omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente;
- III.5.
- continuos"
- CONFIRMAR parcialmente