SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2015-S2

Fecha: 10-Jun-2015

II.5.

II.5.    El 11 de mayo de 2012, la Administración Tributaria Municipal, emitió la Vista de Cargo 4521, estableciendo el incumplimiento de la obligación tributaria fiscalizada, tomando la base cierta del IPBI, correspondiente a las gestiones 2007, 2008 y 2009, que no fueron canceladas conforme a ley. En la Vista de Cargo citada, se indica que del Informe de Fiscalización 5187 (fs. 362 a 363), se verificaron los resultados del control, verificación, fiscalización e investigación realizados; correspondiendo el inmueble a una vivienda familiar, inspeccionado por la arquitecta María Bazán Balladares del Departamento de Fiscalización, el 14 de diciembre de 2011, encontrándose diferencias en las construcciones; quedando pendiente ante el pago en defecto del sujeto pasivo, la rectificatoria realizada al inmueble como emergencia de la inspección técnica por las gestiones ya citadas, procediendo a establecer el impuesto omitido sobre base cierta conforme a escala de valores impositiva aprobada mediante la Ley 843 de 11 de junio de 2012 y Decretos Supremos Reglamentarios. Comunicando asimismo que, de no estar de acuerdo con la Vista de Cargo, la parte tenía el plazo de treinta días computables a partir de su notificación, para presentar las pruebas de descargos necesarias (fs. 37 a 39). Notificándose este actuado a Jaime Saavedra Corminales y a la impetrante de tutela, mediante Cédula, el 18 de ese mes y año (fs. 40).