SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2015-S2

Fecha: 10-Jun-2015

II.7.

II.7.    A través de la Resolución Determinativa DIR 516/2012 de 12 de noviembre, se determinó la obligación tributaria sobre base cierta más accesorios de ley, al sujeto pasivo Jaime Saavedra Corminales y esposa, por concepto del IPBI, de las gestiones fiscalizadas, estableciendo una deuda impositiva total de Bs18 832.- (dieciocho mil ochocientos treinta y dos bolivianos); por omisión de pago de su obligación tributaria, correspondiendo sancionar por las gestiones rectificatorias 2007, 2008 y 2009, con el 100% del monto calculado para la deuda tributaria, de acuerdo al art. 165 del CTB. Decisión que en su “VISTOS Y CONSIDERANDO”, aludió a la fiscalización de la obligación tributaria del sujeto pasivo por concepto del IPBI, rectificatorias de las gestiones ya anotadas, estableciendo las características del inmueble, así como el marco normativo aplicable, y el Informe de Fiscalización 5187, emitido por el Departamento de Fiscalización; anotando que, siendo notificado el sujeto pasivo el 18 de mayo de 2012, con la Vista de Cargo, no la objetó ni presentó los descargos correspondientes, encontrándose la conducta del sujeto pasivo, comprendida dentro de la tipificación de la contravención tributaria de omisión de pago, prevista en el art. 165 del CTB, incumbiendo imponerle una sanción igual al 100% sobre el monto del tributo omitido actualizado (fs. 42 a 46).