DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2015

Fecha: 08-Jul-2015

es la norma institucional básica de las ETA

Sobre este aspecto es preciso señalar que los derechos fundamentales, solamente son establecidos por la Constitución Política del Estado, por su carácter de Norma Suprema del ordenamiento jurídico, como ha previsto el art. 410.II de la CPE; y, la carta orgánica es la norma institucional básica de las ETA que está subordinada a la Ley Fundamental, consiguientemente, ésta no se constituye en una norma fundamental.