DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2015

Fecha: 08-Jul-2015

instancias normativas

La jurisprudencia señalada precedentemente, es clara al determinar que la facultad normativa es inherente al ejecutivo municipal, por lo que los concejos municipales no pueden constituirse en instancias normativas; con ese antecedente, el art. 20.I del proyecto adecuada en revisión, pretende otorgar al concejo municipal una facultad que corresponde a otro órgano de gobierno municipal, aspecto que constitucionalmente no es admisible, por cuanto vulnera el principio de separación e independencia del órgano y sus funciones, previsto en el art. 12.I de la CPE, además de ser contraria a la previsión normativa inserta en el art. 283 de la citada Norma Suprema.