Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
II.1.3.
II.1.3. José Alfredo Hurtado Menacho, presentó un memorial con fecha de recepción el 10 de marzo de 2014, en su condición de Alcalde a.i. del Gobierno Autónomo Municipal de Pailón del departamento de Sana Cruz, por el que solicitó se revoque la Resolución 26 de 28 de febrero de 2014 (fs. 50 a 52 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.1.4.
- II.2.1.
- II.2.2.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad y el deber del Estado de proteger el derecho a la vida de los detenidos preventivos
- existen medios de defensa específicos para impugnar errores, defectos o anormalidades cometidas por el juez o el Ministerio Público y que hubieran sido detectadas por las partes procesales y que deben corregirse precautelando el debido proceso y el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales
- ARMANDO MAMANI ARAUZ
- REVOCATORIA
- III.3.2. Con relación a la Secretaria demandada
- III.3.3.
- 2º