SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2015-S3

Fecha: 20-Jul-2015

II.1.

II.1.    Por notificación de Adjudicación MA-PDCR 037/2012 de 2 de marzo, la Coordinadora Nacional del PDCR -hoy codemandada- comunicó a la UASB, la adjudicación de la invitación MA-PDCR-FC-0103-021-11-11, Contratación de Servicio de Consultoría correspondiente al Subproyecto: “Capacitación Formal Semipresencial en el departamento de La Paz” (fs. 27); así también, Notificación de Adjudicación MA-PDCR 038/2012 de 2 de marzo, por la que comunicó la adjudicación de la invitación MA-PDCR-FC-0103-037-11-11, Contratación de Servicio de Consultoría correspondiente al Subproyecto: “Capacitación Formal Semipresencial en el departamento de Oruro” (fs. 28); asimismo, dió a conocer a la UASB, la Notificación de Adjudicación MA-PDCR 039/2012 de 2 de marzo, por la cual, comunicó la adjudicación de la invitación MA-PDCR-FC-0103-022-11-11, Contratación de Servicio de Consultoría correspondiente al Subproyecto: “Capacitación Formal Semipresencial en el departamento de Chuquisaca” (fs. 29), todas por el monto de Bs658 012.- (seiscientos cincuenta y ocho mil doce 00/100 bolivianos) y con un plazo de ejecución de doscientos setenta días  calendario. En las mismas, informó que para la firma del contrato correspondiente la referida Universidad debía presentar los documentos detallados, entre los que figura el NIT, dentro de los cinco días siguientes a dicha notificación; asimismo, cursa Nota UASB/RECT/024/2012 de 9 de marzo, por la cual, Carmiña Llorenti Barrientos, Directora General Académica y Jurídica de la UASB, en el marco del proceso de adjudicación de “Capacitación Formal Semipresencial en el departamento de La Paz”, indicó el detalle de los documentos remitidos, donde en relación al NIT, refirió que el mismo “no corresponde” (sic) (fs. 465 a 466).