SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
1)
Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo General a.i. de la AGIT, a través de sus representantes legales, mediante informe escrito de 22 de diciembre de 2014, cursante de fs. 152 a 164, y en audiencia, sostuvo que: 1) El 30 de septiembre y 10 de octubre de 2013, la parte accionante solicitó ampliación para la presentación de documentación, otorgando los plazos de quince y posteriormente diez días calendario; a lo cual, el 21 de dicho mes y año, mediante acta de recepción de documentación, señaló la falta de declaraciones juradas de los periodos de septiembre y diciembre de 2009, además de las facturas faltantes y observadas; 2) Se realizó la valoración de la prueba, verificando la documentación presentada por auditoría y respaldada con reportes emitidos en su sistema informático; 3) La audiencia para el juramento de reciente obtención, se suspendió por la inasistencia del contribuyente; por lo que, no corresponde la valoración de la documentación presentada; y, 4) La Resolución impugnada se dictó respondiendo y analizando cada uno de los puntos observados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- en tres dimensiones distintas:
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- b)
- c)
- III.2.2. En cuanto a la omisión de pronunciarse sobre la prescripción solicitada en el recurso jerárquico
- Fragmento 20
- III.
- y además siempre que se cumpla con el requisito del juramento de reciente obtención de la prueba ofrecida
- el ofrecimiento de pruebas cumpliendo los postulados propios del art. 81 del CTB, no son simples exigencias formales no esenciales por parte del administrado, sino mas bien son presupuestos procedimentales cuyos postulados, en el marco del respeto a las reglas del debido proceso deben ser cumplidos
- REVOCAR