SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2015-S3

Fecha: 17-Sep-2015

Fragmento 20

Al dictar Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1471/2014, se alega que la autoridad demandada, al momento de realizar la valoración probatoria se apartó de los marcos de razonabilidad y equidad, pues la prueba presentada no fue valorada, refiriéndose -entre otros- a los “…comprobantes de pago y los libros contables…” (sic); empero, no expuso de forma sucinta y precisa ante esta instancia cómo es que dicha prueba daría lugar a un pronunciamiento distinto al ahora Auto impugnado, incumpliendo con los presupuestos previstos por la jurisprudencia constitucional, impidiendo que se pueda realizar un pronunciamiento de fondo con relación a la denuncia de incorrecta interpretación y consiguiente aplicación del art. 76 del CTB; toda vez que, no precisó por qué la interpretación desarrollada por la autoridad jerárquica respecto a dichas normas, vulneró su derecho al debido proceso, dentro del proceso determinativo seguido en su contra; extremos que permiten concluir a este Tribunal Constitucional Plurinacional, que la Empresa accionante no cumplió con los requisitos establecidos en el indicado Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; por lo que, este Tribunal se ve impedido a ingresar al fondo del caso de autos, correspondiendo denegar la tutela al respecto.