SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La Empresa accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la petición, a la “…tutela judicial y administrativa efectiva…” (sic), a la presunción de inocencia y a una “…autoridad competente, imparcial e independiente…” (sic), así como a los principios de igualdad y seguridad jurídica; por cuanto, las autoridades demandadas a su turno, convalidaron vicios de nulidad dentro del trámite de la causa de la cual emerge la presente acción tutelar, pronunciando así, la Resolución Determinativa 17-0111-14 de 7 de enero de 2014, Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0616/2014 de 11 de agosto y Resolución de Recurso Jerárquico 1471/2014 de 27 de octubre, sin la fundamentación correspondiente, carente de valoración probatoria e incorrecta interpretación y consiguiente aplicación de los arts. 76 y 81 del CTB.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- en tres dimensiones distintas:
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- b)
- c)
- III.2.2. En cuanto a la omisión de pronunciarse sobre la prescripción solicitada en el recurso jerárquico
- Fragmento 20
- III.
- y además siempre que se cumpla con el requisito del juramento de reciente obtención de la prueba ofrecida
- el ofrecimiento de pruebas cumpliendo los postulados propios del art. 81 del CTB, no son simples exigencias formales no esenciales por parte del administrado, sino mas bien son presupuestos procedimentales cuyos postulados, en el marco del respeto a las reglas del debido proceso deben ser cumplidos
- REVOCAR