SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

III.2.   Análisis del caso concreto

De la compulsa de antecedentes se colige que al haber agotado los recursos establecidos en sede administrativa, y al disentir con lo dispuesto en la Resolución del Recurso Jerárquico, la Gerencia Distrital Oruro del SIN -hoy tercero interesado-, interpuso demanda contenciosa administrativa ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, pronunciándose la Sentencia 642/2013, declarando probada la demanda y, en consecuencia, dejó sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ/338/2012 únicamente en la parte relativa a las consideraciones y determinación emergentes de las facturas de exportación 236 a 238, 242, 244, 250, 253 y 254, correspondiendo se practique la liquidación respecto a los gastos de realización en virtud del art. 10 del Reglamento para la Devolución de Impuestos a las Exportaciones (Conclusión II.5); posteriormente, pese al pedido de complementación y enmienda solicitada por la AGIT se dictó la Resolución complementaria 333/2014, que declaró no ha lugar a tal petición.

Estando identificados los actos lesivos expuestos por la entidad accionante, la exposición de los derechos presuntamente lesionados, así como la pretensión constitucional, esta Sala efectuara el presente análisis, a partir de la previa comprobación del cumplimiento de los presupuestos constitucionales diseñados para revisar excepcionalmente las determinaciones asumidas en sede judicial. En tal sentido se tiene lo siguiente: