SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

iii)

iii) Oscar Alba Orellana, de acuerdo a los antecedentes, tiene suscrito un contrato a plazo fijo con la entidad demandada, del 6 de febrero al 6 de mayo de 2015 (fs. 37 a 39), por cuanto se convino que desempeñaría las funciones de Técnico I en el Programa de Mantenimiento en el departamento de Tarija; sin embargo, la conminatoria de reincorporación J.D.T.T. 130/15 de 7 de julio (fs. 35 a 36), respalda su decisión en la prohibición del DL 16187 y la suscripción de contratos a plazo fijo en tareas propias y permanentes, para posteriormente realizar una transcripción de normas constitucionales y el DS 28699, sin exteriorizar las razones por las cuales en el presente caso las funciones que desempeñaba el actor, son consideradas como propias y permanentes, tampoco establece cómo una contratación que responde al POA, en una institución pública, puede convertirse relaciones laborales a plazo indefinido, insuficiencia motivacional que deviene en la inejecutabilidad de la misma a través de esta jurisdicción;