SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2016-S1

Fecha: 18-Oct-2016

El nuevo constitucionalismo plurinacional boliviano

El nuevo constitucionalismo plurinacional boliviano, presenta las siguientes características: La iniciativa de la propuesta de la instalación de la Asamblea Constituyente surgió, principalmente, del accionar de los movimientos indígena originario campesinos y sociales, y no así de las élites de poder económico y político o académicos; el reconocimiento amplio de los derechos fundamentales clásicos y de las naciones y pueblos indígenas originario campesino (NPIOC) de carácter colectivo, sustentados en valores y principios ético-morales, aperturados en su aplicación, normativamente, hacia los derechos humanos; el establecimiento de la nueva organización territorial del Estado, a través de las autonomías departamentales, regionales, municipales e indígena originaria campesinas; la constitucionalización del pluralismo jurídico constituido por el sistema jurídico escrito en códigos y leyes y el de carácter oral vigente en las NPIOC; y, la finalidad del Estado Plurinacional consistente en constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales y el vivir bien.

La diferencia central del nuevo constitucionalismo plurinacional con relación al del pasado, radica en la profundización de la democracia entendida como la ampliación del derecho a la participación política vinculada a la elección de autoridades de los Órganos públicos y las entidades territoriales autónomas, así como el control social a la gestión pública; el reconocimiento amplio de los derechos fundamentales clásicos y de las NPIOC; y, la configuración del Estado Plurinacional con el horizonte de alcanzar la igualdad y el vivir bien.