SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2016-S1
Fecha: 18-Oct-2016
El nuevo constitucionalismo plurinacional boliviano
El nuevo constitucionalismo plurinacional boliviano, presenta las siguientes características: La iniciativa de la propuesta de la instalación de la Asamblea Constituyente surgió, principalmente, del accionar de los movimientos indígena originario campesinos y sociales, y no así de las élites de poder económico y político o académicos; el reconocimiento amplio de los derechos fundamentales clásicos y de las naciones y pueblos indígenas originario campesino (NPIOC) de carácter colectivo, sustentados en valores y principios ético-morales, aperturados en su aplicación, normativamente, hacia los derechos humanos; el establecimiento de la nueva organización territorial del Estado, a través de las autonomías departamentales, regionales, municipales e indígena originaria campesinas; la constitucionalización del pluralismo jurídico constituido por el sistema jurídico escrito en códigos y leyes y el de carácter oral vigente en las NPIOC; y, la finalidad del Estado Plurinacional consistente en constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales y el vivir bien.
La diferencia central del nuevo constitucionalismo plurinacional con relación al del pasado, radica en la profundización de la democracia entendida como la ampliación del derecho a la participación política vinculada a la elección de autoridades de los Órganos públicos y las entidades territoriales autónomas, así como el control social a la gestión pública; el reconocimiento amplio de los derechos fundamentales clásicos y de las NPIOC; y, la configuración del Estado Plurinacional con el horizonte de alcanzar la igualdad y el vivir bien.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en Parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 21
- III.1. Del constitucionalismo liberal excluyente al constitucionalismo plurinacional que garantiza el pleno ejercicio de los derechos fundamentales
- El proyecto político indigenista
- El proyecto político republicano indigenista
- El proyecto político moderno indigenista
- La política de la reconstitución de las naciones de pueblos indígenas originarias campesinas (NPIOC),
- El nuevo constitucionalismo plurinacional boliviano
- III.3. La configuración constitucional y exigibilidad de los derechos fundamentales colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- III.4. La protección del ejercicio del derecho al debido proceso, a la propiedad, a la vivienda, derechos de los menores de edad y al trabajo en las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- III.5. Principales características identitarios culturales de la comunidad Anacurí
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER
- 3° DISPONER