SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2016-S1

Fecha: 18-Oct-2016

La política de la reconstitución de las naciones de pueblos indígenas originarias campesinas (NPIOC),

La política de la reconstitución de las naciones de pueblos indígenas originarias campesinas (NPIOC), empieza como efecto de la interpelación permanente de los movimientos indígena originario campesinos y sociales del país, contra las medidas de privatización de los recursos naturales y el desconocimiento de los derechos fundamentales colectivos de las NPIOC, por parte de los gobiernos de turno. Ante esta situación, emergió la propuesta de la instalación de una Asamblea Constituyente con el propósito de considerar y aprobar nuevos mandatos constitucionales, para luego ser plasmada en una Constitución Política del Estado, que entró en vigor el 2009.

Al igual que en otros Estados de Latinoamérica, de donde emergieron nuevos elementos configurativos del Derecho Constitucional, Bolivia aprobó un nuevo texto constitucional mediante Referéndum de 25 de enero de 2009. Desde este punto de vista, el nuevo constitucionalismo plurinacional del país, no puede ser comprendido ni asimilado bajo categorías que explican, por ejemplo el neoconstitucionalismo o el constitucionalismo multinivel, ya que se trata de corrientes teóricas que surgieron en otros contextos sociales y políticos.