SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2016-S1

Fecha: 21-Oct-2016

i)

En uso de su derecho a la réplica señaló que: i) No es posible solicitar excepción al principio de subsidiariedad bajo el argumento de que se verán perjudicados por la demora en la tramitación de un recurso de apelación ya interpuesto; y, ii) No es evidente que la entidad accionante, se hubiera anoticiado recién del proceso interpuesto ante su autoridad; puesto que, el año 2012 se solicitó se oficie a la referida entidad financiera a objeto de que informe respecto al estado del crédito contraído con dicha entidad por el “Sr. Calderón” (sic), constando respuesta de la referida entidad en sentido de la imposibilidad de informar debido a la aplicación de secreto bancario.