SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2016-S1

Fecha: 21-Oct-2016

III.

El representante legal de la entidad financiera accionante, considera vulnerados sus derechos a la defensa y debido proceso; puesto que, el Juez demandado, en desconocimiento de la garantía hipotecaria que tienen registrada en DD.RR. sobre el inmueble de copropiedad de René Miguel Calderón Jemio, procedió a subastar y rematar las acciones y derechos del referido copropietario dentro del proceso de rendición de cuentas interpuesto por la “Congregación de Misioneras de la Santísima Trinidad y María Inmaculada” (sic), omitiendo notificarles con las audiencias de subasta y remate y desconociendo su calidad de acreedores privilegiados así como su derecho de persecución y preferencia, generando una nueva partida a nombre de la Congregación demandante en dicho proceso y declarándose incompetente para conocer el incidente de nulidad que interpusieron; con base en dicha inscripción la referida Congregación pretende la nulidad de obrados dentro de otro proceso ­coactivo civil que a su vez siguen en contra de su deudor hipotecario; existiendo peligro de daño irremediable e irreparable que da lugar a la excepción a la subsidiariedad, ya que el recurso de apelación no constituye remedio procesal pronto y oportuno y está a punto de consolidarse el desapoderamiento.