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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S2

    Fecha: 24-Oct-2016

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante considera vulnerados sus derechos al debido en sus elementos de fundamentación, motivación, pertinencia y congruencia, a la defensa, a la tutela judicial y los principios de seguridad jurídica y legalidad, verdad material, igualdad, citando al efecto los arts. 115.II. 117.I, 119 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • “improcedencia”
    • II.1.
    • II.3
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Configuración de la acción de amparo constitucional
    • acción de defensa inmediata, oportuna
    • III.2.  La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
    • III.3.   El principio de congruencia
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • el Juez o Tribunal, puede tener razones legales que le impiden pronunciarse sobre el fondo de alguna problemática planteada
    • Fragmento 23

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