Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
II.6.
II.6. Isabel Salas Mena, ahora accionante por escrito de 25 de octubre de 2012, ante el Juzgado Décimo Segundo de Partido en lo Civil, solicitó la desacumulación en el sumario de quiebra, del proceso ejecutivo seguido por la Compañía Industrial y Comercial Salas S.A. contra el Comando General del Ejército, pidiendo sea devuelto al Juzgado Sexto de Partido en lo Civil y Comercial (fs. 898 a 899).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- acción de defensa inmediata, oportuna
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.3. El principio de congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- el Juez o Tribunal, puede tener razones legales que le impiden pronunciarse sobre el fondo de alguna problemática planteada
- Fragmento 23