SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1122/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1122/2016-S3

Fecha: 18-Oct-2016

5)

5)  Sobre la aplicación del art. 232 del CPP, y de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales mencionadas por la parte ahora accionante, la Resolución traída en revisión al Tribunal de alzada está relacionada al rechazo de la cesación de la detención preventiva, debiendo ser claros en lo concerniente al alcance del art. 239.1 del citado Código, pues ya no se está en la primera fase que hace a la aplicación de la medida cautelar, sino de otro trámite referido a la cesación de la detención preventiva, debiéndose tener en cuenta que en esta etapa la carga de la prueba se invierte para la parte imputada, debiendo la misma desmerecer las razones de dicha imposición, correspondiendo tener presente que su estado de salud, su condición de madre y la existencia de un menor lactante, no fueron razones para determinar su detención preventiva, siendo adecuado el criterio procesal aplicado por el Juez a quo; y,