SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1122/2016-S3
Fecha: 18-Oct-2016
d)
d) Cuestionó la labor del Ministerio Público respecto a la ausencia de los actos investigativos referidos particularmente a la falta de convocatoria a Sergio Rivera y Roger Velásquez, sosteniendo que no es posible que el segundo de los nombrados no habría sido aprehendido a diferencia de su persona; por otro lado, también manifestó la carencia de informes realizados por esta institución respecto a los avances de la investigación, mismos que necesariamente deberían ser presentados cada tres meses; empero, sostuvo que los últimos tres meses no se habría presentado informe alguno no habiéndose avanzado absolutamente nada en la investigación; asimismo, también cuestionó que las diferentes solicitudes que la accionante habría realizado a dicha institución a objeto de obtener documentación del Consejo de la Magistratura, fueron implícitamente negados a través de los requerimientos emitidos;
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- verificar y determinar la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 CPP
- explicando la concurrencia de los dos requisitos determinados en el art. 233 del CPP
- sino también al tribunal que conozca en apelación la Resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares,
- se concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva,
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- d)
- e)
- f)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- REVOCAR en parte
- 2º Dejar sin efecto