Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2016-S3
Fecha: 03-Nov-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/2016 de 25 de julio, cursante de fs. 480 vta. a 488 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Julio Ariel Coronado López en representación legal de Lourdes Florero Ferrel contra Rómulo Calle Mamani y Rita Susana Nava Durán, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia; y, Gualberto Terrazas Ibáñez y Javier Rodrigo Celiz Ortuño, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no resultando contradictorio que el demandado también refiere en su memorial de respuesta que cuando acudió a firmar la minuta le urgía agarrar el dinero, ya que la mencionada expresión puede conducir al hecho de que el lote se terminó de cancelar en el momento de suscribir el contrato de compra venta
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- REVOCAR