Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0165/2016 de 14 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0165/2016 de 14 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 107. (Medicina Tradicional)

I.   El Gobierno Autónomo Municipal de Arani, promueve y garantiza el respeto, uso, investigación y práctica de la medicina tradicional, rescatando los conocimientos y prácticas ancestrales desde el pensamiento y los valores de todas las naciones y pueblos indígena originario campesinos, sujeto a reglamentación específica mediante un Decreto Municipal en concordancia con la legislación nacional vigente, la misma que deberá ser construida con participación social, bajo supervisión y control del Sistema Municipal de Salud, consiguientemente debe: