Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
acción de amparo constitucional
En revisión de la Resolución 05/2016 de 10 de octubre, cursante de fs. 570 a 578, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan José Chavarría Ondarza contra Cristina Mamani Aguilar, Roger Gonzalo Tribeño Herbas Consejeros de la Sala Disciplinaria, Javier Renzo Montecinos Valda, Juez Disciplinario y Cinthia Hinojosa Flores, Jueza Ciudadana del Tribunal Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de Potosí, todos del Consejo de la Magistratura.
- acción de amparo constitucional
- a)
- Fragmento 3
- 1) “
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- no se constituyen en mecanismos o instancias de revisión casacional de la labor de los otros tribunales
- sino cuando se compruebe que esa labor interpretativa resultare insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda e ilógica o con error manifiesto, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas
- es necesaria la existencia de una carga argumentativa por parte del accionante
- precisa presentación por parte de el accionante, que muestren a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías
- excepcional
- todo
- es imprescindible
- Fragmento 21
- no es una vía destinada a suplir la actividad de los órganos de la jurisdicción y administración ordinaria
- CONFIRMAR