SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

no es una vía destinada a suplir la actividad de los órganos de la jurisdicción y administración ordinaria

En consecuencia, en el caso en análisis, el accionante, confunde la labor de esta jurisdicción, olvidando que no es una vía destinada a suplir la actividad de los órganos de la jurisdicción y administración ordinaria, menos para realizar una revisión de las decisiones asumidas por las autoridades jurisdiccionales o administrativas, y más cuando no se cumplieron los presupuestos constitucionales previstos por nuestra jurisprudencia, lo que impide analizar el fondo de la problemática expuesta y por ende conceder la tutela impetrada.