SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2016-S2

Fecha: 12-Feb-2016

II.9.

II.9.    Por memorial presentado el 31 de julio de 2015, Daniel Coca Hurtado, en representación del ahora accionante, José Marco Mostajo Flores, solicitó la aclaración y enmienda del fallo glosado en la Conclusión anterior, pidiendo explicar en qué fojas del cuadernillo de apelación, se encontraría la documental que indica la inexistencia del embargo del inmueble que fue rematado dentro del proceso; y, se complemente el fallo, indicando si se constató que la Resolución que dispuso la caducidad de la anotación preventiva del documento de préstamo de dinero efectuada por su poder conferente a favor de los deudores, se encontraba ejecutoriada (fs. 119 y vta.).