Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2016-S1

    Fecha: 11-Mar-2016

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 35 de 20 de octubre de 2015, cursante de fs. 297 a                298 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Teófilo Martínez Morales y Emilia Espíritu Villalba contra Alberto Borda Segerer, Juez Décimo Tercero de Partido; e, Isidora Jiménez Castro, Jueza Décima Tercera de Instrucción ambos en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción de amparo constitucional
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso
    • El debido proceso legal, proceso justo o simplemente debido proceso (así como el derecho de acción, de contradicción) es un derecho humano fundamental que tiene toda persona y que le faculta a exigir del Estado un juzgamiento imparcial y justo, ante un juez responsable, competente e independiente, pues, él
    • III.3.  Análisis en el caso concreto
    • i)
    • 4º  Dispone

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca