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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2016-S1

    Fecha: 11-Mar-2016

    I.1.3. Petitorio

    Solicitaron se les conceda la tutela, disponiendo la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo, que es la admisión de la demanda, por ser contradictoria, defectuosa y carente de veracidad, respecto a la identidad del último y verdadero propietario del bien inmueble en litigio; además de haberse incurrido en indefensión por no citarles.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción de amparo constitucional
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso
    • El debido proceso legal, proceso justo o simplemente debido proceso (así como el derecho de acción, de contradicción) es un derecho humano fundamental que tiene toda persona y que le faculta a exigir del Estado un juzgamiento imparcial y justo, ante un juez responsable, competente e independiente, pues, él
    • III.3.  Análisis en el caso concreto
    • i)
    • 4º  Dispone

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