SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2016-S3
Fecha: 30-Mar-2016
v)
v) “Se colige entonces que el vehículo fue adquirido de la Empresa COPART, con daños y cuyos titulares de venta refieren: Toyota Tundra DOU 4.7L 8 2008 autos accidentados (…) sin parachoques trasero y con daños en el eje delantero, mostrando fallas en la llanta delantera lado derecho, originando la emisión del Acta de Intervención Contravencional, al considerar que el vehículo no reunía las condiciones de viabilidad que garantice la seguridad física del conductor, pasajeros y transeúntes, extremos que han sido verificados y ratificados en los Informes Técnicos UFIOR Nº 0134/11 de 3 de noviembre y ORTUOI SPCCR Nº 152/12 de 23 de febrero, recomendando en definitiva anular la DUI C-2084 de 5 de octubre de 2011, procediendo al comiso definitivo del vehículo…” (sic);
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto a la emisión de una Resolución citra petita
- b)
- c)
- d)
- e)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 8)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- ix)
- x)
- xi)
- xii)
- xiii)
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada
- el sólo hecho de la discrepancia manifiesta de la accionante respecto a lo decidido por las autoridades de la jurisdicción ordinaria, no se traduce en vulneración a sus derechos invocados ni configura el fundamento suficiente para acudir a la justicia constitucional en procura de revisar nuevamente lo decidido por las autoridades demandas
- III.2.4. Sobre el desconocimiento de la aplicación de precedentes por parte de las autoridades demandadas
- CONFIRMAR