SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016
Fecha: 24-Jun-2016
1)
Ante el resultado inminente del proceso; Pedro Vega Vega, presentó denuncia por los delitos de allanamiento, lesiones graves y leves, entre otros, ante el Juzgado Mixto de Instrucción de Pucarani, contra autoridades sindicales, vecinales y judiciales de la comunidad originaria Santa Ana, pretendiendo la nulidad de las determinaciones arribadas por la Justicia Indígena Originaria Campesina (JIOC), por lo que a su vez, plantean el respeto a la función que ejercen, en el marco de los arts. 192.I de la CPE, 160.IV, 162 de la LOJ y 12 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ); arguyendo que el procesado aceptó y se sometió voluntariamente a dicha jurisdicción y competencia; en fe de lo cual, todas las denuncias planteadas por él deben pasar a conocimiento del Consejo Amawtico de Justicia de Santa Ana, merced al principio de integralidad que rige en la jurisdicción indígena, pautada con base en el respecto al pluralismo, la interculturalidad y la coexistencia prevalente de los sistemas jurídicos coexistentes, reconocidos en función a los arts. 1, 2, 9.2, y 30.II.14 de la CPE y 9 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), vinculados con la SCP 0026/2013 de 4 de enero, toda vez que: 1) El denunciante y su familia son miembros de la misma comunidad; 2) El conflicto se suscitó en territorio indígena; 3) Los delitos involucran tierra y territorio indígena originario campesino y derechos colectivos de este pueblo; 4) Los delitos inferidos, materia de la denuncia, se encuentran en el ámbito de vigencia material de la justicia indígena originario campesino; 5) Asumieron conocimiento del caso con anterioridad a la jurisdicción ordinaria; y, 6) Los procesos iniciados en otra jurisdicción, tienen la finalidad de evadir responsabilidades y de disponer libremente de tierras comunales; motivos por los cuales reclaman y solicitan se declare competente y con jurisdicción plena al Consejo Amawtico de justicia de la comunidad originaria Santa Ana de la provincia Los Andes del departamento de La Paz.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- i
- dos de ellos
- I.3. Antecedentes suscitados en la jurisdicción indígena originario campesino de la comunidad Santa Ana
- I.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El pluralismo jurídico en Bolivia como único sistema jurídico compuesto por una pluralidad de jurisdicciones en igualdad jerárquica
- El control plural de constitucionalidad
- En cuanto al conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la indígena originaria campesina
- Ámbito de vigencia personal
- Ámbito de vigencia territorial
- Ámbito de vigencia material
- Fragmento 23
- dentro de una causa judicial bajo sus normas y procedimientos propios; el ejercicio de su autonomía y libre autodeterminación,
- III.2.1. En cuanto al ámbito de competencia personal
- III.2.2. En cuanto al ámbito de vigencia territorial
- tentativa de homicidio se encuentra fuera del ámbito de vigencia material de la justicia indígena originario campesino
- 1° DECLARAR COMPETENTE