SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016

Fecha: 24-Jun-2016

II.1.

II.1. Mediante Resolución Comunitaria Originaria 01/2012 de 24 de julio, la Asamblea General Ordinaria de la Comunidad Santa Ana, dispuso:             a) Declarar persona no grata a Pedro Vega Vega, por haber actuado con “alevosía, abusos, premeditación” en la apropiación de terrenos de la comunidad, sin respetar a las autoridades y junta de vecinos; b) Invalidar los documentos de propiedad del citado, debiendo abandonar áreas deportivas, escolar y más de siete lotes de la urbanización Villa Santa Ana en el plazo de siete días; c) La solicitud de cooperación del municipio de Pucarani, a fin de proveer su cumplimiento; d) El rechazo a las falsificaciones del plano de propiedad individual y a la usurpación de terrenos vacantes; e) Estado de emergencia contra los avasallamientos, calumnias, amenazas, mentiras e injurias por parte de la familia de Pedro Vega Vega; f) La solicitud de apoyo inmediato a las autoridades jurisdiccionales y del Ministerio Público, en el marco de la Ley de Deslinde Jurisdiccional; g) La devolución de gastos y perjuicios erogados durante el proceso, a su costa; y, h) Protesta de tomar medidas drásticas y sanciones dentro de la justicia comunitaria, contra el incumplimiento de sus determinaciones (fs. 9 a 12).