SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016

Fecha: 24-Jun-2016

Fragmento 23

           Toda vez que el presente análisis, está orientado a dirimir el conflicto de competencias suscitado entre el Consejo Amawtico de Justicia de la comunidad originaria Santa Ana y la Jueza de Instrucción de Pucarani, ambos de la provincia Los Andes del departamento de La Paz; -en relación a la querella penal interpuesta por Pedro Vega Vega y su familia- contra Plácido Vega Tancara, Albertina Evarista Vega de Vega, Roberto Vías Ríos, Eleuterio Vega Sega, Susana Aruquipa de Luque, Adelaida Vía de Vega, Eugenio Basilio Vega Casa, Marcelino Torrez Rías, Concepción Quispe de Vega y Nemesia Alanoca Angulo; por la supuesta comisión de los delitos de intento de asesinato, avasallamiento, aborto, lesiones graves y leves y discriminación; cabe establecer que el presente pronunciamiento se emite en el marco de la solicitud efectuada por el citado Consejo Amawtivo de Justicia, que demandó ante este Tribunal Constitucional Plurinacional un conflicto competencial, de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 100 y 101.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), aludiendo en los mismos términos, que la Jueza de Instrucción de Pucarani, provincia Los Andes del departamento de La Paz, en su condición de autoridad de la jurisdicción ordinaria se encuentra ejerciendo jurisdicción, que en el ámbito de vigencia personal, territorial y material, corresponde a las autoridades del consejo indígena originario campesino de justicia, conforme a la Constitución Política del Estado y a la Ley de Deslinde Jurisdiccional.