SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016
Fecha: 24-Jun-2016
Fragmento 23
Toda vez que el presente análisis, está orientado a dirimir el conflicto de competencias suscitado entre el Consejo Amawtico de Justicia de la comunidad originaria Santa Ana y la Jueza de Instrucción de Pucarani, ambos de la provincia Los Andes del departamento de La Paz; -en relación a la querella penal interpuesta por Pedro Vega Vega y su familia- contra Plácido Vega Tancara, Albertina Evarista Vega de Vega, Roberto Vías Ríos, Eleuterio Vega Sega, Susana Aruquipa de Luque, Adelaida Vía de Vega, Eugenio Basilio Vega Casa, Marcelino Torrez Rías, Concepción Quispe de Vega y Nemesia Alanoca Angulo; por la supuesta comisión de los delitos de intento de asesinato, avasallamiento, aborto, lesiones graves y leves y discriminación; cabe establecer que el presente pronunciamiento se emite en el marco de la solicitud efectuada por el citado Consejo Amawtivo de Justicia, que demandó ante este Tribunal Constitucional Plurinacional un conflicto competencial, de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 100 y 101.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), aludiendo en los mismos términos, que la Jueza de Instrucción de Pucarani, provincia Los Andes del departamento de La Paz, en su condición de autoridad de la jurisdicción ordinaria se encuentra ejerciendo jurisdicción, que en el ámbito de vigencia personal, territorial y material, corresponde a las autoridades del consejo indígena originario campesino de justicia, conforme a la Constitución Política del Estado y a la Ley de Deslinde Jurisdiccional.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- i
- dos de ellos
- I.3. Antecedentes suscitados en la jurisdicción indígena originario campesino de la comunidad Santa Ana
- I.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El pluralismo jurídico en Bolivia como único sistema jurídico compuesto por una pluralidad de jurisdicciones en igualdad jerárquica
- El control plural de constitucionalidad
- En cuanto al conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la indígena originaria campesina
- Ámbito de vigencia personal
- Ámbito de vigencia territorial
- Ámbito de vigencia material
- Fragmento 23
- dentro de una causa judicial bajo sus normas y procedimientos propios; el ejercicio de su autonomía y libre autodeterminación,
- III.2.1. En cuanto al ámbito de competencia personal
- III.2.2. En cuanto al ámbito de vigencia territorial
- tentativa de homicidio se encuentra fuera del ámbito de vigencia material de la justicia indígena originario campesino
- 1° DECLARAR COMPETENTE