SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1030/2017-S3
Fecha: 10-Oct-2017
c)
c) Bajo el razonamiento del Juez de que las presuntas víctimas denunciaron que habrían sido estafados con la oferta de la carrera de “Ingeniería Mecánica Automotriz y Autotronica” y que finalmente habrían sido titulados simplemente como Ingenieros Mecánicos, las presuntas víctimas carecerían de legitimación activa para proseguir en tal calidad, puesto que al momento de suscribir los contratos y antes de ello, al supuestamente haber sido timados con el ofrecimiento de la UDI, no tenían la calidad de estudiantes de la mencionada casa superior de estudios y sin embargo ahora pretenden proseguir con la acción penal junto al Ministerio Público cuando no tienen legitimación activa como presuntas víctimas;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- permite a las partes conocer
- III.2. Análisis del caso concreto
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- III.3. Otras consideraciones