SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1030/2017-S3
Fecha: 10-Oct-2017
iii)
iii) Considerando el art. 335 del Código Penal (CP), el delito de estafa tiene que ver con el engaño provocado para que el sujeto pasivo incurra en error, entendiendo este como un conocimiento viciado de la realidad, lo que a su vez induce al acto de disposición, en ese sentido, la estafa se perfecciona cuando el sujeto activo realiza la lesión jurídica que ha pretendido; es decir, que se consuma cuando el mismo obtiene un beneficio o ventaja económica empleando engaños para inducir a los sujetos pasivos al error que por el mismo realiza una disposición de su patrimonio; en el presente caso, los denunciados desde enero hasta marzo de 2012, difundieron diferentes spots publicitarios ofreciendo la carrera de “Ingeniería Mecánica Automotriz y Autotrónica”, suscribiendo con sus personas los contratos que evidencian la carrera por la cual pagaron; sin embargo, la carrera por la que en realidad se titularían era simplemente de “Ingeniería Mecánica”, utilizando dichos contratos con la finalidad de perpetrar el delito de estafa; en ese sentido, se tiene que los denunciados en el proceso penal luego de realizar una serie de actos preparatorios y conseguir el desplazamiento patrimonial referido ya que sus personas cancelaron por una carrera inexistente, falsearon la verdad al estar la Universidad antes mencionada por RM 150/2012 de 27 de marzo, únicamente autorizada para la carrera de Ingeniería Mecánica y no la de “Ingeniería Mecánica Automotriz y Autotrónica”, habiéndoles causado un perjuicio, por lo que de acuerdo a toda la prueba adjuntada en el cuaderno de investigación se tiene que sus personas son los directamente ofendidas con la estafa agravada;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- permite a las partes conocer
- III.2. Análisis del caso concreto
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- III.3. Otras consideraciones