SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2017-S3

Fecha: 13-Oct-2017

b)

b)  Solamente se realizó un cómputo matemático de fechas de inicio y conclusión del proceso, que concluyó con el abrogado Código de Procedimiento Civil y se le sancionó en base a fotocopias simples, que no fueron cotejadas con el expediente original, más cuando solo son fragmentos que no reflejan en su integridad las circunstancias propias del trámite suscitado; y, de ninguna manera se adjuntó pruebas respecto a todas las actuaciones que secundan o anteceden a los hechos, oficiosamente recién incorporados en la Resolución de primera instancia, tampoco se inspeccionó físicamente en su integridad el referido proceso para tener certeza sobre esos hechos.