SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2017

Fecha: 27-Nov-2017

Artículo 12. TECNICOS DE TRANSPARENCIA EN LOS DISTRITOS

4.   Recepcionar las denuncias que tengas relación en delitos de corrupción en sus respectivos Distrito, en cuyo caso previa valoración y análisis de dichas denuncias emitirá informe fundamentando, ya sea, remitiendo el caso ante la autoridad competente o haciendo constar su incompetencias por razón de materia, conforme lo establecido en el Manual de Denuncias.

5.   Recepcionar las denuncias por falta disciplinaria en contra de Vocales, Juezas y Jueces y Personal de apoyo Jurisdiccional, cuando su acción u omisión que contravengan las normas disciplinarias establecidas en los arts. 186, 187, 188 de la Ley 025, que por ende afecten la imagen del Órgano Judicial, en estos casos los técnicos de transparencia previo análisis y valoración de las pruebas formalizaran denuncia ante los Juzgados Disciplinarios”.