SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2017

Fecha: 27-Nov-2017

revocó

Mediante Auto Constitucional (AC) 0187/2015-CA de 14 de mayo, cursante de   fs. 206 a 213, se revocó, la Resolución de 17 de abril de 2015, pronunciada por la Jueza Disciplinaria Tercera del Consejo de la Magistratura del departamento de Cochabamba, y en consecuencia se admitió la acción de inconstitucionalidad concreta formulada por Susana Yvón Avila Vargas, Jueza Agroambiental de Punata del departamento de Cochabamba, por lo que se dispuso poner en conocimiento de Álvaro Marcelo García Linera, como personero del Órgano que generó la norma impugnada del art. 188.I.4 de la LOJ y Freddy Sanabria Taboada, Presidente; Roger Gonzalo Triveño Herbas, Decano; Cristina Mamani Aguilar, Willma Mamani Cruz y Wilber Choque Cruz, todos Consejeros del Consejo de la Magistratura, como personeros que generaron las normas impugnadas, arts. 1,9.11, 12.4 y 5, del Reglamento de la Unidad Nacional de Transparencia del Consejo de la Magistratura, aprobado por el acuerdo 42/2014 de 13 de marzo; y, los arts. 1, 4.I. incs. d) y e), 7, 8 y 57 del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental, aprobado mediante acuerdo 75/2013 de 23 de abril, a objeto de que puedan formular sus alegatos en el plazo de quince días.