Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
II.1.
II.1. Cursa denuncia disciplinaria de 5 de abril de 2016, presentada por Pedro Cayo Choque contra Pastor Ismael Molina Quintana, Vocal de la Sala Familiar de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí -hoy accionante-, por la falta grave prevista en el art. 187.3 de la LOJ en grado de autor (fs. 15 a 17 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- ii)
- iii)
- iv)