Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2017-S3
Fecha: 03-Abr-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 02/2017 de 8 de febrero, cursante de fs. 83 a 86, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Martín Alejandro de la Quintana Rivera en representación sin mandato de Víctor Humberto Cayoja Soliz contra Ernesto Macuchapi Laguna y Ángel Arias Morales, Vocales de la Sala Penal Primera y Tercera, respectivamente, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, Tomás Eulogio Condori Mamani, Daniel Juan Huaynoca Villca y Jimena Velásquez Albarracín, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Tercero del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- hubieran sido colectados
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la Resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 14
- sino también al tribunal que conozca en apelación la Resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares,
- se concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- b)
- 1)
- 2)
- ii)
- c)
- d)
- e)
- aprobando o revocando
- no definieron la situación jurídica del recurrente, revocando o aprobando la Resolución impugnada; por el contrario, dispusieron la anulación de obrados con el argumento de que, el a quo proceda a dictar una nueva resolución
- CONFIRMAR